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Nombramientos en la Arquidiócesis de Bogotá

COMUNICADO No. 011/2024

La cancillería arquidiocesana comunica los siguientes nombramientos:

COMUNICADO No. 011/2024

1.Vicario General:

Al Excelentísimo Monseñor Alejandro Díaz García, Vicario General de la Arquidiócesis de Bogotá, con mandato especial y Vicario Episcopal para la Vida religiosa Masculina y Femenina. 

2. Párrocos: 

Al Reverendo Padre Eduardo Fredy Campos Toribio, C.PP.S., en la Parroquia Nuestra Señora de los Alpes, Vicaría Episcopal Territorial de San José.

Al señor Presbítero Faustino Torres Millán, Párroco en la Parroquia Jesucristo Nuestra Pascua, Vicaría Episcopal Territorial del Espíritu Santo.

Al señor Presbítero Ovidio Hernei Pérez Velásquez, Párroco en la Parroquia Jesucristo Liberador, Vicaría Episcopal Territorial Santa Isabel de Hungría. 

3. Vicarios Parroquiales, con facultades generales para presenciar matrimonios en la parroquia para la que han sido nombrados y durante el tiempo que permanezcan en el cargo:

Al señor Presbítero Raúl Alzate Alzate, en la Parroquia San Diego, Vicaría Episcopal Territorial de la Inmaculada Concepción.

Al Reverendo Padre Libardo Pantévez Bautista, C.J.M., en la Parroquia Jesús y María, Vicaría Episcopal Territorial Santa Isabel de Hungría.

4. Otros Cargos: 

Al señor Presbítero Fernando Gamarra Ordóñez, adscrito en la Parroquia San Lucas (Convenio Interdiocesano), Vicaría Episcopal Territorial de La Inmaculada Concepción.

Al señor Presbítero Luis Alfonso Canedo Restrepo, notario auxiliar de la Vicaría Episcopal Territorial de San José, para un periodo de tres (3) años.

Al señor Presbítero Daniel Fernando Almanza Romero, arcipreste para la Vida Consagrada en la Vicaría Episcopal Territorial de San José, para un periodo estatutario de tres años.

Al señor Presbítero Nicanor Amaya Quintero, adscrito en la Parroquia Nuestra Señora de la Candelaria, Vicaría Episcopal Territorial Santa Isabel de Hungría.

Al señor Presbítero Eugenio Fernández Herrera, capellán de la Línea Blanca Norte de la Pastoral Salud.

Al señor Presbítero Carlos Mario Charry Rodríguez, miembro de la Junta de directores en representación de la Arquidiócesis de Bogotá, de la Fundación Nuevo Marymount, para un periodo de dos (2) años.

Al señor Presbítero Yeison Andrés Quiñones Valdés, capellán en el Colegio Parroquial San Luis Gonzaga – SEAB, Vicaría Episcopal Territorial del Espíritu Santo.

5. Diáconos Permanentes:

Al señor Diácono Permanente Alirio Eduardo Cruz Gutiérrez, adscrito en la Parroquia La Santa Cruz, Vicaría Episcopal Territorial de San Pedro.

6. Institución de ministros Lectores:

 Seminario de la Fraternidad Sacerdotal San Juan de Ávila:

 Al candidato Juan Ignacio Valencia Robles para el servicio de la Arquidiócesis de Bogotá.

 Seminario Misionero Arquidiocesano Redemptoris Mater.

 A los candidatos Juan Nicolás Nieto Gámez, Diego Alejandro Patarroyo Rodríguez, Juan David Segura Mesa y Juan Esteban Zabaleta Manrique para el servicio de la Arquidiócesis de Bogotá
 

7. Admisión al rito de candidatura al sacramento del Orden:

  Seminario Misionero Arquidiocesano Redemptoris Mater.

  A los seminaristas Julián Felipe Vargas Charry y Juan José Obando Huérfano, para el servicio de la Arquidiócesis de Bogotá.

8. Admisión al sacramento del Orden en el grado de diáconos:

 Seminario Misionero Arquidiocesano Redemptoris Mater.

 A los ministros acólitos Yesid Sebastián Álvarez Álvarez, Juan Sebastián Ardila Calderón, Gustavo Adolfo Cabezas Reyes y Daniel Felipe Otero Espinel, para el servicio de la Arquidiócesis de Bogotá.

9. Licencias Pastorales:

Al Diácono Permanente Pablo Emilio Villar Blanco, licencia pastoral por seis (06) meses.

Al diácono permanente Tobías Alfonso Linares Jiménez, licencia pastoral por un (1) año.

Al señor Presbítero Carlos Iván Martínez Urrea, licencia pastoral por un (1) año.

10.   Licencias:

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la Casa Quinta El Rosario, ubicada en la Calle 166 No. 76 – 55 Barrio Colina Bacatá, jurisdicción de la Parroquia Santísimo Redentor, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico, sin embargo, en esta Capilla no se autoriza la celebración de los demás sacramentos.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la Hacienda Casa Blanca, ubicada en la Carrera 76 No. 150 – 26, jurisdicción de la Parroquia Santísimo Redentor, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico, sin embargo, en esta Capilla no se autoriza la celebración de los demás sacramentos.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la Hacienda Las Marías, ubicada en el Kilómetro 6 vía La Calera, jurisdicción de la Parroquia Santa María del Monte, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico, sin embargo, no se autoriza mantener la reserva del Santísimo Sacramento de la eucaristía.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla Santa Lucía del Centro de Convenciones Bahía, ubicada en el Kilómetro 4.5 vía La Calera, jurisdicción de la Parroquia Santa María del Monte, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico; sin embargo, no se autoriza mantener la reserva del Santísimo Sacramento de la eucaristía.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la Hacienda Moravia, ubicada en el Kilómetro 4.5 vía La Calera, jurisdicción de la Parroquia Santa María del Monte, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico; sin embargo, no se autoriza mantener la reserva del Santísimo Sacramento de la eucaristía.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla Mont Celeste, ubicada en el Kilómetro 4.5 vía La Calera, jurisdicción de la Parroquia Santa María del Monte, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico; sin embargo, no se autoriza mantener la reserva del Santísimo Sacramento de la eucaristía.

Renovar la licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la Fundación Grupo Social, Edificio Caja Social de Bogotá, ubicada en la Carrera 7 No. 77 – 65, Vicaría Episcopal Territorial de Cristo Sacerdote, se mantenga la Reserva del Santísimo Sacramento; sin embargo, en esta Capilla no se autoriza la celebración de los demás sacramentos y no habrá culto público, sino exclusivamente privado.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla San Juan Evangelista del Club Social El Retiro de San Juan, ubicada en la Autopista Norte No. 212 Km. 13 Vía Arrayanes, jurisdicción de la Parroquia San Viator, se celebre la sagrada eucaristía y el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la Hacienda Monteleón, ubicada en la Carrera 80 No. 152 – 20, jurisdicción de la Parroquia La Santa Cruz, se celebre la sagrada eucaristía y el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico.

Conceder la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la casa “Madre Gabriela” de la Orden de la Santa Cruz, ubicada en la Carrera 17 No. 22A – 33 Barrio Santa Fe, Vicaría Episcopal Territorial de La Inmaculada Concepción, se mantenga la Reserva del Santísimo Sacramento y no habrá culto público, sino exclusivamente privado, sin embargo, en esta Capilla no se autoriza la celebración de los demás sacramentos.  

Renovar la debida licencia por un (1) año para que, en la Capilla de la Hacienda Villa Sara, ubicada en la Calle 246 No. 7 – 17, jurisdicción de la Parroquia San Luis de Tolosa, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico.

Renovar la debida licencia por un (1) año para que en la Capilla de la Hacienda La Maruja, ubicada en la Carrera 7 No. 237 – 04, jurisdicción de la Parroquia San Juan Diego, se celebre el sacramento del matrimonio exclusivamente para el culto católico.

Renovar la licencia por un (1) año para que, en la Capilla del Hospital Universitario de la Fundación Santa Fe de Bogotá, ubicada en la Calle 119 No. 7 – 75, Vicaría Episcopal Territorial Padre Misericordioso, se mantenga la Reserva del Santísimo Sacramento; sin embargo, en esta Capilla no se autoriza la celebración de los demás sacramentos y no habrá culto público, sino exclusivamente privado.

Bogotá D.C., 07 de junio de 2024.

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